Nos remitiremos al Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, donde se especifica que «aviones, vencejos y golondrinas son aves en régimen de protección especial.» Con este primer dato contrastado, podemos mirar ahora el Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, donde se especifica que queda prohibido retirar los nidos de aves protegidas salvo permiso especial en su artículo 54 y NUNCA en época de cría:
«Queda prohibido dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, sea cual fuere el método empleado o la fase de su ciclo biológico. Esta prohibición incluye su retención y captura en vivo, la destrucción, daño, recolección y retención de sus nidos, de sus crías o de sus huevos, estos últimos aun estando vacíos, así como la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos o de sus restos, incluyendo el comercio exterior.»
Hay que recordar que nadie puede retirar los nidos una vez que están instalados, salvo que se solicite una autorización excepcional del organismo autonómico competente en medio ambiente. Y, en tal caso, sólo podría hacerse bajo unos supuestos muy concretos, siempre cuando no tiene lugar la época de cría y si no existe una solución satisfactoria a la retirada del nido.
Con toda esta información, queda claro que debemos denunciar cada uno de los casos de destrucción de nidos (ya sea uno o una colonia) o cualquier otra actuación que impida la reproducción de estas aves protegidas (estructuras que impidan el acceso al nido: mallas, pinchos…). Si es posible, trata de hablar con la persona que se queja de las molestias y proponle soluciones, por ejemplo el sistema BirdsClean. Si se tratara de una obra, contacta con la empresa e infórmale de que está cometiendo una infracción. Si la vía diplomática no funciona, hay que proceder a la denuncia.
Protocolo de actuación:
- Haz fotos de los nidos caídos, de las marcas de barro en el techo o de la actuación que quieras denunciar. Si además llevabas el control de la colonia y tienes fotos de antes de su destrucción, aporta este material como prueba.
- Acude a tu comisaría más cercana para denunciar un delito público.
- Recomendación: Aporta la ley 42/2007 sobre el Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. A veces no todos los funcionarios están al tanto de lo que es o no un delito contra la naturaleza.
- Pide un resguardo.
¿Cuál es mi implicación como denunciante?
- Como denunciante tan solo estás cumpliendo con tu obligación de poner en conocimiento de las autoridades un hecho delictivo.
- El denunciante no tiene ningún cargo procesal ni ninguna otra implicación.
- El denunciante no está obligado a actuar como parte del proceso que derive de la denuncia.
- El funcionario/autoridad receptor de la denuncia tiene la obligación de comprobar los hechos que has denunciado.
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